Instalación, reconstrucción, cambio de diámetro y supresión de toma de agua potable, toma de agua residual tratada y descarga domiciliaria, armado de cuadro e instalación de medidores.
Servicio que solicitan los usuarios del Sistema Hidráulico del Distrito Federal, para la instalación, ampliación, cambio de lugar, reducción, cambio de ramal, reconstrucción y supresión de tomas de agua potable, tomas de agua residual tratada, y albañales, en predios ubicados en calles con redes de agua potable, de alcantarillado público y, en su caso, de agua tratada.
Formato TIZTAPALAPA_IRC_1 de solicitud debidamente llenado y firmado. Original y copia: 1
Constancia de alineamiento y/o número oficial.
Comprobante de pago de derechos de acuerdo al Código Fiscal del Distrito Federal vigente.
Identificación Oficial (Credencial para votar o Pasaporte o Cartilla del Servicio Militar o Cédula Profesional o Carta de Naturalización) Original y copia para cotejo.
Manifestación de Construcción o Licencia de construcción especial o en su caso, regularización de la construcción emitida por la Delegación correspondiente (Solo en los casos para instalación de agua potable y/o descargas).
Personas Morales: Acta constitutiva, poder notarial e identificación oficial del representante legal o apoderado. Original y copia:1.
-Personas física: Poder notarial e identificación oficial del representante legal o apoderado. Original y copia:1.
-Personas física: Carta poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante notario público. Original y copia: 1.
-Personas física: Carta poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite. Original y copia: 1
TOMA PARA AGUA POTABLE
a. Instalación y/o ampliación de diámetro solicitado.
b. Copia del recibo del pago respectivo, de los artículos 181, 182 y 302 del Código Fiscal del Distrito Federal.
Si el interesado presenta la solicitud de alguno de los servicios arriba señalados directamente en el Sistema de Aguas de la Ciudad de México, deberá anexar además copia del Registro de Manifestación de Construcción o de la Licencia de Construcción, en su caso.
CONEXIÓN DE DRENAJE
a. Instalaciones y/o ampliaciones de diámetro. Copia del recibo del pago respectivo, de los artículos 181, 182 y 302 del Código Fiscal del Distrito Federal Memoria de cálculo y planos hidrosanitarios, únicamente para diámetros mayores de 15 cm.
b. Reducciones, cambio de ramal y cambio de lugar. No se necesita memoria ni planos.
ARMADO DE CUADRO E INSTALACIÓN DE MEDIDOR
a. (Sujeto a la aprobación de la instalación por el Sistema de Aguas de la Ciudad de México) Acreditar que la instalación de la toma se hizo por parte del Sistema de Aguas de la Ciudad de México (antes DGCOH) o por la Delegación Correspondiente. Únicamente nuevas conexiones.
SUPRESIÓN DE AGUA POTABLE
a. Solicitud por escrito del usuario, indicando nombre, domicilio y teléfono.
b. Constancia de adeudos con la leyenda “NO REGISTRA” correspondiente al bimestre en el que se está solicitando la supresión.
c. Identificación Oficial vigente del propietario o representante legal del predio.
TOMA DE AGUA RESIDUAL TRATADA
a. No requiere información adicional.
OBSERVACIONES:
* Los costos a que hace referencia al Comprobante de pago de derechos de acuerdo al Código Fiscal del Distrito Federal, son: Para el caso de la Toma para Agua Potable (reducción, reconstrucción y cambio de lugar) copia de la constancia de adeudo y copia del pago de derechos establecido en el Artículo 181 Apartado A del Código Fiscal vigente.
* Para el caso de albañales (reducción, reconstrucción y cambio de lugar) copia del pago de derechos establecido en el Artículo 181 Apartado B del Código Fiscal vigente.
* Para el caso de ampliaciones de diámetro de tomas de agua, copia de constancia de adeudo y copia de los pagos de derechos establecidos en los artículos 181 y 182 fracciones III y IV del Código Fiscal vigente.
* Para el caso de nuevas instalaciones de tomas de agua potable y/o descargas de albañal, copia de los pagos de derechos establecidos en los Artículos 181, 182 y 302 del Código Fiscal vigente, exceptuando la presentación del pago de derechos correspondiente al artículo 302 para el caso de Vivienda Unifamiliar.
* El cómputo del plazo de 8 días establecido en el código fiscal para instalar los servicios, se realiza a partir de que el usuario realiza el pago correspondiente, se cuenten con las autorizaciones de factibilidad de servicios, cumpla con los requisitos del trámite y cuente con construcción y preparaciones para recibir los servicio.
* La atención y resolución del presente trámite corresponde al Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACMEX), por lo que la Ventanilla Delegacional únicamente es un canal para la recepción de la solicitud, la cual hará llegar al SACMEX una vez que la reciba.
Usuarios del sistema hidráulico del Distrito Federal
COSTO:
181, apartado A fracciones I, II, III, IV, V, apartado B fraciones I, II, III, 182 fracción I numeral 1 y 2 y 302.
Documento a obtener:
No se obtiene documento alguno
TIEMPO DE RESPUESTA O REALIZACIÓN:
8 días hábiles
Vigencia del documento a obtener:
No aplica
Procedencia de la Afirmativa o Negativa Ficta:
Procede Negativa Ficta
REPORTAR CUALQUIER ANOMALÍA EN:
Contraloría General del Distrito Federal, Av. Tlaxcoaque, No. 8, Edificio Juana de Arco, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc.
Teléfono: 56-27-97-00
Extensión: 50200, 50203 y 50205
HONESTEL al teléfono 5533-5533,
QUEJATEL LOCATEL 56 58 11 11,
DENUNCIA irregularidades a través del Sistema de Denuncia Ciudadana vía Internet a la dirección, electrónica.