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Derribo de Árbol.



Servicio que la Alcaldía Iztapalapa presta para realizar el derribo, apeo o parejo de árboles vivos o muertos ubicados en bienes de dominio público que se encuentran dentro de la demarcación. El servicio de derribo de árboles por parte de la Delegación consiste en el retiro de árboles, previo dictamen emitido por el área competente de la Delegación, o en su caso la Secretaría del Medio Ambiente del D.F., que avalen la factibilidad del derribo, conforme a los siguientes supuestos, considerados en la Norma Ambiental para el D.F. NADF-001-RNAT-2006: Cuando se presenta un riesgo inminente a desplome o causar afectación sobre bienes, muebles, inmuebles o personas, debido a que parte de su estructura presenta lesiones en raíces, tallos y copa.



TRÁMITES - REQUISITOS

Para solicitar el derribo de árboles en la Delegación Iztapalapa, los ciudadanos deberán presentar solicitud escrita en el CESAC, la cuál debe contener:



- Nombre completo del solicitante,
- Domicilio del solicitante (calle y número),
- Teléfono y/o correo electrónico para aclaraciones y notificaciones,
- Copia de credencial de elector del IFE,
- Comprobante de domicilio para acreditar que el árbol que requiera el derribo se encuentra frente al domicilio del solicitante,
- Croquis o ubicación del árbol que requiere el derribo,

- Sustitución y/o compensación física por el árbol derribado, misma que se determinará por las áreas competentes de la Delegación,
- Especificando los motivos por los que se requiere el derribo, las características de los árboles a podar (cantidad especie,diámetro y dimensión apróximada),
- 5 fotografías a color que muestren al árbol completo y las afectaciones que ha provocado.









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