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JEFATURA DE UNIDAD DEPARTAMENTAL PARA EL DESARROLLO Y BIENESTAR DE LOS ADULTOS MAYORES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD

ROSA MARÍA MONTES VILLALBA

DIRECCIÓN GENERAL DE INCLUSIÓN Y BIENESTAR SOCIAL

@iztapalapa.cdmx.gob.mx

Teléfono: 5445 1062 Extensión: 1137

Función Principal 1

Asegurar los programas y las acciones encaminadas al desarrollo y bienestar social de las personas adultas mayores.

Funciones Básicas

  • Operar y Verificar la aplicación de los lineamientos definidos por la Dirección General de Inclusión y Bienestar Social, para el desarrollo de las políticas de atención a personas adultas mayores.

  • Realizar el ejercicio del gasto, con base en los lineamientos establecidos, y cumplir con la normatividad vigente.

  • Operar el funcionamiento de los espacios de atención de los adultos mayores administrados por la Alcaldía.

  • Coordinar la implementación de los programas de inclusión social de las áreas centrales, federales y de la alcaldía, que se apeguen a las políticas definidas por la Dirección General de Inclusión y Bienestar Social, con el fin de contar con mayor apoyo para los habitantes de la demarcación.

  • Establecer coordinación con instituciones estatales y federales, para derivar las acciones y apoyos complementarios para la Inclusión y Bienestar Social.

  • Consolidar acciones de vinculación con instituciones no gubernamentales, fundaciones y organizaciones civiles para atender a las personas adultas mayores.

  • Proporcionar atención a la demanda ciudadana en lo que se refiere al área de su competencia, con el fin de informar y canalizar los apoyos a la población.

  • Establecer las acciones para realizar brigadas y jornadas de desarrollo comunitario en coordinación con instituciones públicas, organizaciones sociales y asociaciones civiles, en, beneficio a la población objetivo.

  • Elaborar los informes mensuales y anuales que determine la Dirección General de Inclusión y Bienestar Social, para la implementación de controles y mejora continua.

  • Las demás que le atribuyan expresamente los ordenamientos jurídicos y administrativos correspondientes, así como los de manera directa le asigne la persona titular de la Alcaldía y de la Dirección General de Inclusión y Bienestar Social y las que se establezcan en las disposiciones generales aprobadas por la alcaldía y manuales administrativos que versen sobre la organización administrativa de la propia alcaldía.

  • Función Principal 2

    Asegurar los programas y las acciones encaminadas al desarrollo y bienestar social de las personas con discapacidad.

    Funciones Básicas

  • Operar y Verificar la aplicación de los lineamientos definidos por la Dirección General de Inclusión y Bienestar Social, para el desarrollo de las políticas de atención a personas con discapacidad.

  • Realizar el ejercicio del gasto, con base en los lineamientos establecidos, y cumplir con la normatividad vigente.

  • Operar el funcionamiento de los espacios de atención de las personas con discapacidad administrados por la Alcaldía.

  • Coordinar la implementación de los programas de inclusión social de las áreas centrales, federales y de la alcaldía, que se apeguen a las políticas definidas por la Dirección General de Inclusión y Bienestar Social, con el fin de contar con mayor apoyo para los habitantes de la demarcación.

  • Establecer coordinación con instituciones estatales y federales, para derivar las acciones y apoyos complementarios para la Inclusión y Bienestar Social.

  • Consolidar acciones de vinculación con instituciones no gubernamentales, fundaciones y organizaciones civiles para atender a las personas con discapacidad.

  • Proporcionar atención a la demanda ciudadana en lo que se refiere al área de su competencia, con el fin de informar y canalizar los apoyos a la población.

  • Establecer las acciones para realizar brigadas y jornadas de desarrollo comunitario en coordinación con instituciones públicas, organizaciones sociales y asociaciones civiles, en beneficio a la población objetivo.

  • Elaborar los informes mensuales y anuales que determine la Dirección General de Inclusión y Bienestar Social, para la implementación de controles y mejora continua.

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