Solicitud de Registro de obra ejecutada.


Registro que se otorga para obras ejecutadas sin manifestación de construcción o licencia de construcción especial, siempre y cuando demuestren que cumplen con el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal y demás ordenamientos legales respectivos, así como con las disposiciones del Programa de Desarrollo Urbano correspondiente.

TRÁMITES - REQUISITOS


  • Dos tantos del Formato TIZTAPALAPA_ROE_1, debidamente llenados y con firmas autógrafas.
  • Comprobante de pago de derechos, deacuerdo al tipo de obra, el cual debe presentarse posterior al ingreso de la solicitud una vez que la autoridad informe al interesado el monto a pagar. (original y copia)
  • Constancia de alineamiento y número oficial vigente. Original y copia.
  • Para el caso de construcciones que requieran la instalación de tomas de agua y conexión a la red de drenaje, la solicitud y comprobante del pago de derechos. (Original y copia)
  • Constancia de Adeudos de predial y agua emitida por la Administración Tributaria y el Sistema de Aguas de la Ciudad de México en la que se acredite que se encuentra al corriente de sus contribuciones. Original y copia. En caso, de que la obra se haya ejecutado en la vía pública no serán necesarias presentar las Constancias de Adeudos.
  • Avalúo emitido por un valuador registrado ante la Secretaría de Finanzas en original y copia.
  • Comprobante de pago de la sanción equivalente del 5 al 10% del valor de las construcciones en proceso o terminadas, el cual debe presentar posterior al ingreso de la solicitud una vez que la autoridad informe al interesado el monto a pagar.
  • Identificación oficial con fotografía (carta de naturalización o cartilla de servicio militar nacional o cédula profesional o pasaporte o certificado de nacionalidad mexicana o credencial para votar o licencia para conducir) Original y copia.
  • Documento con el que se acredite la personalidad, en los casos de representante legal. Original y copia
  • Demás documentos que el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal y otras disposiciones exijan para el registro de manifestación de construcción o para expedición de licencia de construcción especial, con las responsivas de un Director de Obra, y de los Corresponsables (se encuentran dentro de este formato), en su caso. De acuerdo al artículo 72 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal.

OBSERVACIONES:

El tiempo de respuesta empezará a contar a partir del día siguiente de su ingreso en la unidad de atención ciudadana. La Secretaría o la Delegación correspondiente, procederá a la revisión de la documentación y practicará una visita a la obra, para constatar que cumple con la normatividad aplicable y se ajusta a los documentos exhibidos con la solicitud. La Secretaría o la Delegación correspondiente, autorizará el Registro, previo pago de los derechos, aprovechamientos y las sanciones que se establecen en el Código Fiscal de la Ciudad de México y el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal respectivamente. En el caso de que el predio se localice en dos o más Delegaciones se gestionará en el Área de Atención Ciudadana de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.

Propietarios o poseedores de predios o inmuebles
COSTO:
Código Fiscal del Distrito Federal. Artículo 185 y 186 Para su consulta solicítelo en el área donde gestione su trámite
DOCUMENTO A OBTENER:
Registro
VIGENCIA:
Permanente
TIEMPO DE RESPUESTA O REALIZACIÓN:
20 días hábiles