Permiso para la presentación de espectáculos públicos.


Trámite que deberán realizar las personas físicas o morales interesadas en presentar espectáculos públicos en lugares que no cuenten con licencia de funcionamiento para esos efectos, solicitud que se presentará ante la Delegación correspondiente, quien en su caso expedirá el permiso respectivo y que deberá solicitarse con 10 días hábiles de anticipación a la fecha de celebración del evento y de 15 días hábiles cuando se trate de espectáculos masivos.

TRÁMITES - REQUISITOS


    El titular responsable del espectáculo público, deberá presentar formato VU-EP-03 debidamente llenado con los siguientes datos y documentos:

  • Nombre, domicilio para oír y recibir notificaciones, registro federal de contribuyentes, nacionalidad y en su caso, la solicitud de inscripción al padrón del impuesto sobre nóminas y copia de su identificación con fotografía.
  • Nombre de las personas autorizadas para oír y recibir notificaciones en términos de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
  • En caso de que el solicitante sea extranjero, presentar la autorización emitida por la Secretaría de Gobernación para dedicarse a tal actividad.
  • En los casos de personas morales, su representante acompañará copia certificada de la escritura constitutiva registrada o con registro en trámite y del documento con que acredite su personalidad y copia de su identificación con fotografía.
  • El señalamiento y croquis de localización del lugar donde pretenda celebrarse el espectáculo público.
  • Programa del espectáculo, señalando:
    1. Su tipo y contenido.
    2. Nombres de las personas que vayan a efectuarlo.
    3. La publicidad por la cual se va a difundir.
    4. Horarios y fechas en que se pretende llevar a cabo.
    5. El precio de las localidades.
    6. Aforo que se pretenda o que se tenga autorizado, según sea el caso.
  • La manifestación de que se cumple, además de lo ordenado por la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal y su reglamento, con lo dispuesto por la Ley de Salud para el Distrito Federal y sus disposiciones reglamentarias, la Ley del Sistema de Protección Civil y su reglamento, el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, la normatividad en materia de protección al ambiente y conservación ecológica y las demás disposiciones que resulten aplicables y con las obligaciones y autorizaciones impuestas por la Administración Pública Local y Federal, cuando la naturaleza y clase del espectáculo público así lo requiera.
  • Señalar las medidas, sistemas y operativos de seguridad que se instrumentarán para garantizar el orden y la seguridad públicos, así como la integridad de los espectadores.

    Además presentar original o copia certificada y copia simple para cotejo de lo siguiente:

  • Certificado Único de Zonificación de Uso del Suelo o Certificado de acreditación de uso del suelo por derechos adquiridos, con el que acredite que el espectáculo público que pretende realizar está permitido en el lugar de que se trate.
  • Visto Bueno de Seguridad y Operación suscrito por un Director Responsable de Obra, en su caso
  • Responsiva de un Corresponsable en seguridad estructural, en los términos del Reglamento de Construcciones del Distrito Federal
  • El documento que acredite el vinculo legal entre el titular responsable del espectáculo público y los participantes, respecto del espectáculo público a presentar.
  • Póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra cualquier eventualidad, riesgo, siniestro, daño, robo, lesión, muerte, en el lugar y durante el desarrollo del espectáculo que puedan sufrir espectadores y participantes.
  • Constancia de adeudos para acreditar que esta al corriente en el pago de las contribuciones previstas en los artículos 141, fracción II y en su caso 191 y 193, todos del Código fiscal del Distrito Federal.
  • El comprobante de Pago de derechos a que se refiere el artículo 190 del Código Fiscal del Distrito Federal.
  • Oficio de la Secretaría de Seguridad Pública mediante el cual emite opinión favorable y la determinación de requerimientos seguridad pública necesarios para el desarrollo del espectáculo público.
  • Comprobante de pago de derechos contemplados en el artículo 256 B) del Código Fiscal del Distrito Federal, respecto de los servicios de protección ciudadana proporcionados por la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
  • Comprobante de pago de derechos por supervisión, apoyo y vigilancia de personal especializado en materia de protección civil a que se refiere el artículo 258, fracción III del Código Fiscal.
  • EN CASO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS MASIVOS

  • El Visto Bueno del H. Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal en lo relativo a extintores, señalización para el caso de incendios y sismos, rutas de evacuación y salidas de emergencia
  • Comprobante de pago de derechos contemplados en los artículos 256 inciso A), fracciones I y II y 257 del Código Fiscal del Distrito Federal.

Personas físicas o morales
COSTO:

TIEMPO DE RESPUESTA O REALIZACIÓN:
5 días hábiles